Gobierno Corporativo

Código de Ética Empresarial

I Introducción

A. Propósito

En Esbasa nuestro éxito depende en gran medida de nuestra reputación para hacer negocios, cumpliendo con la ley y en forma ética. Hemos desarrollado este Código de Ética Empresarial (nuestro “Código”) como ayuda para que todos nosotros mantengamos nuestros valores, mientras actuamos para lograr nuestro objetivo de ser la Solución Profesional Confiable para todos nuestros clientes.

Nuestro Código nos guía en cuanto a cómo vincularnos en prácticas de negocios éticas, responsables y legales en todas nuestras operaciones. Nos muestra cómo interactuar de manera ética con las partes interesadas, incluidos nuestros colaboradores, clientes, proveedores, competidores, gobierno y comunidades.

Dado que nuestro Código se aplica a todos nosotros, es importante que conozcamos nuestras responsabilidades compartidas, tal como se explica a continuación.

Se espera que:

Actuemos con honestidad e integridad.

Comprendamos y acatemos las leyes y reglamentaciones que se aplican a nosotros y a nuestros trabajos.

Leamos, comprendamos y cumplamos nuestro Código.

Pidamos ayuda cuando tengamos preguntas e informemos oportunamente cualquier preocupación sobre las actividades que puedan infringir el Código, para lo cual debemos seguir los pasos que se explican en la sección llamada “Formular preguntas y expresar inquietudes – Cómo solicitar guía y denunciar inquietudes”.

Cooperemos con cualquier investigación acerca de un posible caso de conducta indebida.

La comprensión y el cumplimiento de nuestro Código es vital para el mantenimiento de la cultura y la reputación de Esbasa. Encontrará muchos recursos que lo ayudarán a tomar la mejor decisión posible al realizar negocios con Esbasa.

B. Aplicación

Cada uno de nosotros desempeña un papel crucial en las prácticas comerciales y de cultura ética de Esbasa. Esto incluye a todos los colaboradores que prestan servicios a nuestra Empresa, empresas afiliadas, Consejo de Administración y a la Junta Directiva de la empresa.

Cuando en este Código hacemos referencia a Esbasa, nos referimos a todos nosotros y todos somos guardianes de nuestro Código, independientemente de nuestra ubicación, puesto o departamento. Por lo tanto, todos debemos cumplir las mismas reglas. Al hacerlo, ayudamos a crear una Empresa mejor y más fuerte.

Además, Esbasa busca socios (distribuidores, proveedores, consultores y otros proveedores de terceros) que actúan de manera uniforme con nuestro Código.

Nos rehusamos a realizar transacciones con terceros que infringen nuestros estándares elevados o que devalúan los estándares que nos esforzamos en crear.</>

II Formular preguntas y expresar inquietudes

A. ¿Cómo solicitar guía y denunciar inquietudes?

Si alguna vez duda cuál es la manera correcta de actuar en una situación comercial, debe solicitar asesoramiento. Además, tiene la responsabilidad de alertar a su supervisor o a cualquiera de los recursos que se mencionan a continuación si conoce o sospecha de una conducta indebida.</ p>

Informar sus inquietudes contribuye a nuestra cultura ética y ayuda a Esbasa a ocuparse oportunamente de situaciones que, si no se solucionan, podrían tener un impacto negativo en los colaboradores, en otros interesados, en la Empresa y su reputación.

No informar debidamente sobre una infracción conocida o sospechada, sugerir que otro colaborador no la informará, constituye una infracción a nuestro Código que puede derivar en una medida disciplinaria que puede incluir el despido.

Su supervisor frecuentemente es la persona más acorde para ayudarlo. Sin embargo, si no se siente a gusto para tratar este tema con su supervisor, o bien, si la respuesta no es la adecuada, puede comunicarse con:

• Un representante de Gestión Humana

• El Gerente General de la Empresa

• El Asesor Legal de la Empresa

B. Política de prohibición de represalias

Esbasa no tolera ninguna forma de represalia contra las personas que informan de buena fe sobre conductas ilegales o no éticas sospechadas. Realizar un informe de “buena fe” significa que suministró toda la información que tiene y que considera que es verdadera, incluso si su informe no puede ser confirmado.

Además, Esbasa no tolera las represalias por su cooperación en una investigación de cumplimiento. Si sospecha que alguien está tomando represalias en su contra, debe comunicarse con el departamento de Gestión Humana o con el Gerente General.

C. Investigaciones

En Esbasa, nos tomamos en serio las infracciones a nuestro Código, esto incluye, según corresponda, investigar los informes de mala conducta real o sospechada. A menos que las leyes locales impongan otros requisitos. Esbasa está comprometida con mantener la confidencialidad de su información dentro de lo posible, debido a su responsabilidad de investigar informes de mala conducta.

D. Consecuencias de las violaciones del código

Dado que nuestro Código es una parte integral de nuestra reputación y cultura ética, las violaciones al Código pueden derivar en medidas disciplinarias graves, que puede incluir hasta el despido, cuando lo permitan las leyes locales. En los casos pertinentes, Esbasa puede procesar a alguien por comportamiento indebido ante las autoridades correspondientes. Esto puede hacer que las personas involucradas queden sujetas a penas civiles o penales.

III Principios básicos de comportamiento

El comportamiento empresarial y profesional de las entidades y las personas deberá atenerse a los siguientes principios básicos:

A. Respeto a la legalidad

Las actividades empresariales y profesionales en ESBASA se desarrollarán con estricto cumplimiento de la legalidad vigente en cada uno de los lugares donde se desarrollen.

B. Integridad ética

Las actividades empresariales y profesionales de ESBASA y sus colaboradores se basarán en el valor de la integridad y se desarrollarán de acuerdo con los principios de honestidad, evitando toda forma de corrupción y respetando las circunstancias y necesidades particulares de todos los sujetos implicados en ellas. ESBASA promoverá entre sus colaboradores el reconocimiento y la valoración de los comportamientos que sean acordes con los principios establecidos en el presente Código.

C. Respeto a los derechos humanos

Toda actuación de ESBASA y de sus colaboradores guardará un respeto escrupuloso a los Derechos Humanos y Libertades Públicas incluidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Estos principios básicos se traducirán en el cumplimiento de los compromisos que se recogen a continuación.

1. Relación con y entre colaboradores

La relación de ESBASA con sus colaboradores y la de éstos entre sí se basará en el cumplimiento de los siguientes compromisos:

a. No discriminación

ESBASA asume la responsabilidad de mantener un entorno de trabajo libre de toda discriminación y de cualquier conducta que implique un acoso de carácter personal. Todo trabajador ha de ser tratado de forma justa y con respeto por parte de sus superiores, subordinados y compañeros. Cualquier conducta abusiva, hostil u ofensiva, sea verbal o física, no será tolerada.

b. Abolición del trabajo infantil

ESBASA no admite el trabajo infantil. ESBASA no recurrirá al trabajo infantil ni incorporará a su actividad empresarial ningún producto o servicio procedente del mismo y velará por el cumplimiento de las disposiciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en relación con el trabajo de menores de edad. ESBASA exige a todos sus colaboradores y proveedores la observancia estricta de este principio.

c. Igualdad de oportunidades

Todos los colaboradores disfrutarán de iguales oportunidades para el desarrollo de su carrera profesional. ESBASA se compromete a establecer una política efectiva de igualdad de oportunidades para que sus empleados desarrollen su actividad profesional sobre la base del principio de mérito. Las decisiones de promoción estarán siempre basadas en circunstancias y valoraciones de carácter objetivo.

Asimismo, ESBASA se compromete a mantener una política de inversión para el aprendizaje y la formación personal y profesional de sus colaboradores. Los colaboradores de ESBASA respetarán la política de igualdad de oportunidades en su ámbito profesional y apoyarán el aprendizaje personal y profesional de sus compañeros.

d. Seguridad y salud en el trabajo

ESBASA proveerá a sus colaboradores de un entorno seguro y estable y se compromete a actualizar de manera permanente las medidas de prevención de riesgos laborales, así como a respetar escrupulosamente la normativa aplicable en esta materia en todos los lugares en que desarrolle sus actividades empresariales.

Todos los colaboradores son responsables de observar un cumplimiento riguroso de las normas de salud y seguridad. Asimismo, deberán hacer un uso responsable del equipamiento que tengan asignado cuando desarrollen actividades de riesgo y divulgarán entre sus compañeros y subordinados los conocimientos y promoverán el cumplimiento de las prácticas de protección de riesgos.

e. Respeto a la intimidad y confidencialidad de la información de los colaboradores

ESBASA se compromete a solicitar y a utilizar exclusivamente aquellos datos de los colaboradores que fueran necesarios para la eficaz gestión de sus negocios o cuya constancia fuese exigida por la normativa aplicable.

Asimismo, ESBASA tomará todas las medidas necesarias para preservar la confidencialidad de los datos de carácter personal de que se disponga y para garantizar que la confidencialidad en la transmisión de los mismos, cuando sea necesaria por razones de negocio, se ajuste a la legislación vigente.

Los colaboradores que, por motivo del desempeño de su actividad profesional, tengan acceso a información de otros empleados respetarán y promoverán la confidencialidad de esta información y harán un uso responsable y profesional de la misma.

f. Fomento del equilibrio personal y profesional

ESBASA fomentará el equilibrio entre la vida personal y profesional de sus colaboradores. ESBASA valora los beneficios que para el empleado y para la empresa, conlleva la existencia de un equilibrio entre las responsabilidades profesionales y las personales de sus empleados, por lo que fomentará medidas orientadas a conciliar estos dos ámbitos.

IV Compromisos con terceros y con el mercado

ESBASA y sus colaboradores basarán sus relaciones con clientes, proveedores, competidores y socios, así como con sus accionistas, inversores y otros agentes del mercado en los principios de integridad, profesionalidad y transparencia.

A. Competencia leal

ESBASA proscribe cualquier actuación que suponga el ejercicio de prácticas de competencia desleal y se compromete a velar por el cumplimiento de las leyes de defensa de la competencia aplicables en los países donde realiza sus actividades.

B. Probidad en la gestión

ESBASA prohíbe los sobornos a autoridades y funcionarios públicos. Prohíbe a sus colaboradores dar a terceros o recibir de terceros pagos indebidos de cualquier tipo, ni regalos, dádivas o favores que estén fuera de los usos del mercado o que, por su valor, sus características o sus circunstancias, razonablemente puedan alterar el desarrollo de las relaciones comerciales, administrativas o profesionales en que intervengan sus empresas.

C. Calidad

ESBASA se compromete con la calidad de sus productos y servicios. ESBASA establece como directriz de su actuación empresarial la búsqueda de la calidad en sus productos y en sus servicios y pondrá a disposición de sus colaboradores los medios necesarios para el desarrollo de los sistemas de gestión de la calidad más adecuados en cada momento.

ESBASA procurará la mejor satisfacción de las expectativas de sus clientes y desarrollará un esfuerzo de anticipación en el conocimiento de sus necesidades.

D. Confidencialidad respecto de la información de terceros

ESBASA garantiza el respeto de la confidencialidad y privacidad de los datos de terceros que posea. ESBASA se compromete a preservar la confidencialidad de los datos con que cuente referidos a terceros salvo siempre las obligaciones de carácter legal, administrativo o judicial que supongan obligaciones de entregarlos a entidades o personas o de hacerlos públicos.

Asimismo, ESBASA garantiza el derecho de terceros afectados de consultar y promover la modificación o rectificación de los datos cuando ésta sea necesaria. Los colaboradores de ESBASA, en el desempeño de su actividad profesional, guardarán la confidencialidad de los datos en los términos antes expuestos y se abstendrán de cualquier utilización inapropiada de esta información.

E. Transparencia, creación de valor y gobierno corporativo

ESBASA asume como principio directriz de su comportamiento empresarial para con sus accionistas, con inversores, analistas y el mercado en general, transmitir una información veraz, completa y que exprese la imagen fiel de la sociedad y del grupo, de sus actividades empresariales y de sus estrategias de negocio.

La comunicación se realizará siempre conforme a las normas y en plazos establecidos por la legislación en cada caso vigente. La acción empresarial y las decisiones estratégicas de ESBASA se enfocarán a la creación de valor para sus accionistas, la transparencia en su gestión, la adopción de las mejores prácticas de Gobierno Corporativo en sus empresas y la observancia estricta de las normas que en esta materia estén en cada momento vigentes.

F. Protección del patrimonio empresarial

ESBASA y sus colaboradores buscarán siempre la mejor protección de cuantos bienes y derechos constituyan el patrimonio de las empresas del grupo preservando la confidencialidad de la información relativa al mismo que sólo podrá ser utilizada en relación a las actividades de la empresa.

Los colaboradores son responsables de proteger los activos de ESBASA que les hayan sido encomendados y preservarlos de cualquier pérdida, daño, robo o uso ilegal o deshonesto.

G. Conflictos de intereses

Todo colaborador de ESBASA deberá evitar situaciones que puedan suponer un conflicto entre sus intereses personales y los de ESBASA y abstenerse de representar a la sociedad o intervenir o influir en la toma de decisiones en las cuales, directa o indirectamente, él mismo o un tercero ligado a él por cualquier relación económica, familiar o profesional significativa tuviera un interés personal.

  • 1. Relaciones personales

    Con el fin de evitar conflictos de intereses dentro de las actividades que realizamos, no será permitido una relación personal cercana con algún otro colaborador de la empresa, lo que significa una relación romántica o sexual.

    Está prohibida la contratación de familiares o de personas que tengan con ellos una relación personal cercana cuando el empleo implica que habría una relación de supervisión dentro del alcance de control; impacto en los términos y las condiciones o cualquier otro conflicto de interés.

    Además, nunca debe contratar ni recomendar la contratación de ningún proveedor u otro socio comercial que sea empleador de familiares, o cuando usted o su familiar tengan una participación accionaria en los negocios de dicho proveedor.

    Para el propósito de esta sección, se considera “familiar” a cualquier persona con la que usted está vinculada por una relación de parentesco, matrimonio o afinidad. Esto puede incluir a su cónyuge, pareja, padres, hijos, hermanos, parientes políticos y cualquier otra persona que viva en su hogar o que tenga, o haya tenido, una relación sentimental con usted.

  • 2. Empleo fuera de la empresa

    Algunas veces, simplemente deseamos buscar empleo además del trabajo que realizamos para Esbasa. No debemos realizar trabajo para una entidad gubernamental o de reglamentación o competidor, cliente o proveedor de Esbasa.

    Además, no debemos aceptar empleo con un tercero si eso disminuye nuestra capacidad para dedicar el tiempo y la atención necesaria a nuestras obligaciones. En otras palabras, solamente podemos aceptar un puesto si no crea un conflicto de interés o interferencia con nuestro trabajo para nuestra Empresa.

  • 3. Oportunidades corporativas

    Al realizar negocios con Esbasa, es posible que nos encontremos con oportunidades que nos gustaría aprovechar. No podemos tomar como algo personal las oportunidades comerciales que descubrimos al usar la propiedad o la información de Esbasa, o a través de nuestra posición con nuestra Empresa, a menos que Esbasa renuncie expresamente por escrito.

    Del mismo modo en que no podemos beneficiarnos personalmente de tales oportunidades, tampoco podemos ayudar a otras personas para que así lo hagan. Recuerde, tenemos la obligación con nuestra Empresa de avanzar sobre sus intereses comerciales legítimos siempre que sea posible. Por lo tanto, no podemos intentar competir con nuestra Empresa.

    Los empleados que se encuentren en situación de conflicto están obligados a comunicarla a su superior jerárquico. Los conflictos entre intereses personales e intereses empresariales se resolverán siempre en beneficio de los que corresponden a las empresas de ESBASA.

V. Proteger los activos, la información y la reputación de ESBASA

La “Propiedad de la empresa” incluye nuestros activos físicos e intangibles, como instalaciones, equipos, vehículos, software, computadoras, fondos y suministros, así como también nuestros sistemas de redes e informáticos, nuestras fuentes de energía, nuestras ideas e innovaciones y nuestra información confidencial.

A. Equipos tecnológicos

Somos responsables de tomar las medidas de precaución de seguridad adecuadas al usar los sistemas informáticos y de red de nuestra Empresa. Cerciórese de asegurar su PC, computadoras portátiles, tabletas y estaciones de trabajo cuando no están en uso. Si está enviando información que considera sensible o vulnerable, protéjala con una contraseña.

B. Información confidencial

ESBASA exige de sus colaboradores que hagan un uso discreto y profesional de la información de la sociedad a la que tengan acceso en el desempeño de su actividad, así como que limiten su utilización a las actividades propias de la empresa y se compromete a establecer sistemas de gestión enfocados al respeto de este principio.

La información de propiedad y confidencial de Esbasa es uno de nuestros activos más importantes. La “información confidencial o de propiedad exclusiva” por lo general incluye información de Esbasa (que incluye a cualquiera de sus empresas) no disponible al público que, en caso de revelarse, podría beneficiar a nuestros competidores.

Esto incluye toda la información, oral o escrita, sobre la que tenemos un interés de negocios legítimo en proteger, que incluye, sin limitaciones, todos los datos técnicos, de diseño o de procesos, las mejoras, los productos nuevos, los productos en desarrollo, los inventos, los modelos, los manuales, los conocimientos prácticos, los datos financieros, la información sobre precios, los planes de desarrollo empresarial o de adquisición, los planes de marketing, las prácticas de los proyectos y las listas de clientes y proveedores.

C. Comunicaciones electrónicas

Se nos proveen recursos como computadoras, teléfonos y otros activos físicos que pertenecen a Esbasa para permitirnos realizar las actividades comerciales de la Empresa. Aunque tenemos permitido hacer un uso personal limitado de estos activos, el uso personal no debería interferir con el desarrollo de nuestras tareas o infringir ninguna política de la Empresa o ley aplicable.

No podemos usar estos recursos para divulgar o usar en forma inapropiada la información confidencial y de propiedad de Esbasa, realizar actividades ilegales, acceder o descargar material obsceno o sexualmente explícito o comunicar mensajes con el objetivo de discriminar, acosar o amenazar.

En la medida que lo permita la ley aplicable, Esbasa se reserva todos los derechos a controlar y revisar todos los mensajes y la información enviada o recibida mediante los recursos de la Empresa.

V. Compromisos hacia la comunidad

A. Medio ambiente

ESBASA asume el compromiso de procurar el mayor respeto al medio ambiente en el desarrollo de sus actividades, así como de minimizar los efectos negativos que, eventualmente, éstas pudieran ocasionar.

Pondrá a disposición de sus colaboradores los medios más adecuados para ello. Igualmente, ESBASA contribuirá a la conservación de los recursos naturales y de aquellos espacios que tengan interés ecológico, paisajístico, científico o cultural. A tal efecto, establecerá las mejores prácticas y promoverá entre sus colaboradores el conocimiento y utilización de las mismas.

ESBASA se compromete a un estricto cumplimiento de la legislación medioambiental que le sea de aplicación.

B. Compromiso social

ESBASA se compromete a una actuación socialmente responsable, con cumplimiento de la ley y, en particular, asume la responsabilidad de respetar la diversidad cultural y las costumbres y principios vigentes entre las personas y comunidades afectadas por sus actividades.

VI. Interpretación y cumplimiento

El presente Código establece los principios y compromisos de ética empresarial que ESBASA y sus Colaboradores deben respetar y cumplir en el ejercicio de sus actividades.

Cualquier colaborador que tenga conocimiento o sospecha fundada de un incumplimiento del presente Código podrá ponerlo en conocimiento de su superior jerárquico o informar del mismo a través de los mecanismos que la empresa establezca para formulación de sugerencias y denuncias.

ESBASA tomará las medidas necesarias para evitar consecuencias adversas por efecto de las comunicaciones que los empleados realicen de buena fe según lo aquí dispuesto. La vulneración o incumplimiento de este Código que constituya una falta de carácter laboral, se sancionará con arreglo a la normativa vigente, sin perjuicio de otras responsabilidades en que el infractor hubiera podido concurrir.

Política contra el soborno y la corrupción

De conformidad con el Código de Ética empresarial y el compromiso de crear y mantener una cultura fuerte contra la corrupción y de hacer velar y cumplir con todas las leyes, ESBASA no tolera ninguna forma de soborno ni corrupción.

ESBASA está comprometida en realizar todos sus negocios con honestidad, integridad, honradez y responsabilidad. Esto ha sido parte de nuestra trayectoria desde nuestra fundación en 1999.

Tenemos la responsabilidad de cumplir con todas las leyes aplicables del país, de conformidad con el Decreto 31-2012 Ley contra la corrupción.

1. ALCANCE

Esta política es aplicable a todas las operaciones locales y extranjeras y a todos los empleados de ESBASA sin importar dónde se ubican. Todos los empleados de ESBASA tienen la responsabilidad de cumplir con esta política en el ejercicio de sus funciones en nombre de la empresa.

La dirección de ESBASA tiene la responsabilidad de asegurarse de que los empleados bajo su supervisión y autoridad cumplan con esta política.

La dirección ha conferido responsabilidades de cumplimiento a algunos empleados. El personal de cumplimiento ayudará a los empleados de ESBASA a entender y cumplir con esta política y dará los pasos necesarios para mantener y llevar a cabo un programa anticorrupción, sin embargo la responsabilidad de cumplimiento continuará residiendo en los empleados de la empresa.

2. DEFINICIÓN

La corrupción se define como el mal uso del poder público para beneficio privado, o el mal uso de poder otorgado para el beneficio privado. El soborno se produce cuando se proporcionan directa o indirectamente beneficios (cosas de valor) a personas, incluidos funcionarios públicos, socios empresariales, clientes o posibles clientes para su beneficio personal, a fin de influir en sus acciones o decisiones relativas a sus cargos oficiales o de la empresa.

El soborno y la corrupción pueden tomar varias formas, incluyendo la entrega o aceptación de:

Pagos en efectivo

Trabajos o relaciones de “consultoría” falsos

Sobornos

Contribuciones políticas

Contribuciones de caridad

Beneficios sociales

Regalos, viajes, hospitalidad, y reembolso de gastos

Los Empleados de ESBASA tienen la responsabilidad de reconocer las alertas indicadoras de un posible caso de soborno o corrupción y de responder de forma adecuada siguiendo lo establecido en esta política.

3. POLÍTICA CONTRA SOBORNOS Y CORRUPCIÓN

Esta política fue creada para el cumplimiento contra el soborno y la corrupción, y establece lo siguiente:

4. REQUERIMIENTO DE LA POLÍTICA

El personal de ESBASA tiene estrictamente prohibido ofrecer, pagar, prometer o autorizar:

Cualquier pago o cualquier otro objeto de valor a cualquier persona. Directa o indirectamente a través de un tercero o para un tercero; para propósitos de (es decir, a cambio de).

Hacer que la persona actúe u omita en violación de un deber legal.

Hacer que la persona abuse o haga mal uso de su posición; o asegurar una ventaja inapropiada, contrato o concesión.

En beneficio de ESBASA o de cualquier otra parte.

Esta Política prohíbe los Pagos indebidos realizados con relación a ESBASA o en representación de ESBASA. A los efectos de esta Política, el término Pagos indebidos incluye un rango amplio de pagos corruptos de dinero en efectivo o algún artículo de valor o cualquier ventaja (no necesariamente financiera) realizada u otorgada con el propósito de influir favorablemente alguna decisión relacionada con los negocios de ESBASA, para obtener una ventaja indebida, para inducir o recompensar un desempeño indebido para el beneficio de un individuo, o cuando el pago o la ventaja en sí sean indebidos. El término Pagos indebidos no se limita a pagos en efectivo, sino que incluye también los siguientes pagos corruptos.

Equivalentes de dinero en efectivo (tales como tarjetas de regalo o tarjetas de crédito propagadas).

Regalos

Entretenimiento, comidas y viajes

Aportes y/o servicios especiales

Negocios, empleo u oportunidades de inversión

Uso de productos, servicios, instalaciones, equipos o propiedades de ESBASA sin compensación o con descuentos.

Donaciones o aportes, incluyendo la entrega de bienes tangibles sin compensación o con descuento (incluso restos o artículos de salvamente).

Otros beneficios y ventajas.

La política de ESBASA con respecto al soborno y la corrupción es absolutamente clara: nadie puede ofrecer, dar ni recibir sobornos ni Pagos indebidos con relación a su trabajo para ESBASA de nadie ni a nadie en ningún momento y por ningún motivo, y nadie debe solicitar a nadie más que participe en un soborno o realice un Pago indebido en representación de ESBASA. Ningún ejecutivo, director, empleado ni Socio comercial puede:

Ofrecer, prometer, pagar ni autorizar una oferta de pago de dinero ni cualquier artículo de valor a un Funcionario público ni ninguna otra persona o entidad, directamente o indirectamente, que sea:

o Con el propósito de influir de manera corrupta alguna medida (u omisión) o decisión que pudiera tomar al receptor en su calidad de funcionario público, o en violación a los deberes lícitos del receptor.

o Con el propósito de inducir de manera corrupta al receptor a utilizar su influencia o para afectar una medida o decisión de la entidad involucrada.

o Con el propósito de obtener de manera corrupta una ventaja indebida o ayudar a la empresa a obtener o retener un negocio.

o Con el propósito de demostrar gratitud al receptor por haber tomado una decisión o haber actuado de manera tal que se benefició a la empresa de manera indebida.

5. OBLIGACIÓN DE INFORMAR

Todo el personal, socios comerciales y empleados tienen la responsabilidad de denunciar inmediatamente cualquier sospecha o conocimiento de que se haya cometido una infracción a esta Política, otras políticas de ESBASA y cualquiera de las leyes aplicables.

Los empleados de ESBASA deben negarse a cualquier solicitud o petición e informar de inmediato cualquier intento de chantaje.

“Los intentos de soborno deben ser rechazados con cortesía pero con contundencia. Hay que evitar que las respuestas den la impresión de que se está de acuerdo. Hay que hacer saber al solicitante que ESBASA tiene políticas estrictas y que podemos perder el trabajo si nos involucramos en conductas que violan las políticas”.

6. MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Los empleados que violen esta política estarán sujetos a medidas disciplinarias. ESBASA prohíbe estrictamente el soborno y la corrupción de todo tipo relacionados con la actividad profesional de la empresa. Los empleados descubiertos participando en un caso de soborno o corrupción se enfrentarán a medidas disciplinarias que pueden incluir el despido, o pueden enfrentarse a sanciones pecuniarias y a ser procesados penalmente.

Política de estándares laborales de proveedores

En ESBASA, nuestra Misión es proveer la solución profesional confiable. Nuestra Política de Proveedores, detalla los estándares y el marco en el que realizamos y gestionamos nuestro negocio y describe las expectativas en el lugar de trabajo.

Queremos que nuestros Proveedores se rijan por los mismos altos estándares en las áreas de responsabilidad social, medio ambiente, salud y seguridad, transporte y mano de obra. Esperamos que nuestros Proveedores:</>

Cumplan con las leyes, normas y reglamentos nacionales.

Garanticen un lugar de trabajo seguro y saludable.

Practiquen su responsabilidad social y medioambiental.

Demuestren los más altos estándares de responsabilidad y compromiso dentro de la empresa.

1. CONDICIONES GENERALES

ESBASA establece las Condiciones Generales que aplicarán a las adquisiciones y suministros y/o la prestación de servicios a sus proveedores, la aceptación de las mismas se lleva a cabo a través de la cotización presentada y una vez sea validada de las condiciones como un contrato vinculante entre la empresa y el contratista.

Nuestros principios de negocio responsable inspiran y definen la forma que tenemos de desarrollar actividades comerciales. El cumplimiento de tales principios nos permite asegurar la confianza de nuestros grupos de interés y maximizar el valor a largo plazo. Nuestros proveedores deben adoptar nuestros principios en su totalidad o bien desarrollar unos principios propios similares, así como tener la capacidad para demostrar su vigencia si se le solicita de manera razonable.</>

Estas normas se aplican a la selección y retención de todos los proveedores que proporcionan bienes o servicios, proveedores de materias primas, productos, contratistas, fabricantes por contrato y proveedores de servicios. Nos reservamos el derecho de evaluar, auditar e inspeccionar las instalaciones de los proveedores, sus operaciones y sus registros en cualquier momento a fin de garantizar su cumplimiento con nuestros estándares. ESBASA se reserva el derecho de tomar las acciones apropiadas con los Proveedores, incluyendo la cancelación de la relación comercial, como resultado de una infracción de estos estándares.

2. CONFORMIDAD

Los proveedores de la empresa deben cumplir con todas las leyes y regulaciones nacionales y otras leyes aplicables relacionadas con responsabilidad social, medio ambiente, salud y seguridad en el trabajo, trasporte y mano de obra. Los proveedores mantendrán sistemas de cumplimiento y podrán demostrar un desempeño satisfactorio, un registro del cumplimiento de las leyes y reglamentos en la conducción de sus negocios.

3. ACCIÓN CORRECTIVA

Cuando se detecté un incumplimiento, el proveedor deberá desarrollar un plan de acción correctiva para llevar sus operaciones en conformidad para que el suministro pueda continuar. Si un proveedor no desarrolla tal plan o no lo implementa, la empresa tomará medidas necesarias o bien dar por terminada la relación comercial.

4. DECLARACIONES Y COMPROMISOS

ESBASA de acuerdo a sus políticas y principios, declara a sus proveedores los siguientes puntos:

4.1. Relación y Respeto

Relación de seriedad, justicia y desarrollo mutuo, siempre bajo los parámetros y cumplimientos de la empresa.

Igualdad de oportunidades e incentivo de mejoras continuas hará entregar los mejores productos y servicios al cliente.

Alianzas estratégicas con los proveedores que son principales para la empresa, reforzando y manteniendo una estrecha relación buscando los mejores beneficios para la empresa.

4.2. Procesos de adquisición / contrataciones

Como empresa procuramos mantener contratos con los proveedores, de manera tal de establecer y regular la interacción.

Los participantes que se encuentren en procesos de adquisición y contratación, tendrán a su disposición toda la información de los estados y resultados de estas.

La seguridad de los datos de información personal y comercial de los proveedores son un factor relevante para nuestra empresa, siendo tratados en todo momento con carácter reservado y confidencial. En consecuencia, ESBASA declara que no revelará ninguna información de carácter comercial, técnica y/o económica de sus proveedores.

Los procesos están ajustados bajo la normativa legal vigente.

4.3. Pago de facturas

Los pagos a proveedores se realizan únicamente los días miércoles en el horario de 7:00 a 12:00 y de 2:00 a 5:00 pm.

El proveedor al presentar su factura recibe la contraseña respectiva estipulando la fecha de pago de acuerdo a los días de crédito indicados por el proveedor.

Si el proveedor no cumple con los acuerdos u obligaciones del contrato o ha tenido anteriores incumplimientos con la empresa, estas serán causas suficientes para dar por terminado el acuerdo comercial.

4.4. Conflicto de intereses

Los Proveedores deben evitar cualquier transacción, relación o cualquier otro acto que aparente crear un conflicto de interés.

4.5. Privacidad:

Se requiere que los Proveedores protejan la información personal de sus socios comerciales, clientes y de todo aquel con el que hagan negocios.

4.6. Transparencia

Los proveedores deben ser transparentes con respecto a sus actividades comerciales, estructura, situación financiera, desempeño y negocios, de conformidad con lo exigido por cualquier legislación aplicable y estándares del sector.

5. RESPONSABILIDAD SOCIAL

ESBASA participa y se esfuerza por causar un impacto positivo en las áreas en las que trabaja. Fomentamos los derechos humanos básicos y cumplimos con todas las leyes que rigen las prácticas laborales, los horarios y las condiciones de trabajo, los salarios, y otras cuestiones a la salud y seguridad de los trabajadores.

ESBASA espera de sus Proveedores el mismo alto compromiso con la responsabilidad social. Exigimos que nuestros proveedores cumplan con nuestra Política de estándares laborales de proveedores.

5.1. Estándares de empleo

Requerimos que nuestros proveedores respeten y cumplan con los derechos fundamentales otorgado a los trabajadores bajo las leyes aplicables. Esto incluye tomar debida cuenta de las leyes locales y proporcionar protección adecuada en las siguientes áreas:

Igualdad de trato
Los proveedores deben otorgar igualdad de oportunidades de empleo y un tratamiento justo y equitativo a sus trabajadores, donde puedan disfrutar de un trabajo seguro y de un ambiente libre de todas las formas de discriminación, abuso y acoso.

Compensación justa
Los Proveedores deben cumplir con todos los estándares legales nacionales aplicables referentes a salario mínimo, horas extras, y máximo de horas de trabajo establecidas por las leyes y o reglamentos.

Trabajo Infantil
Los Proveedores deben emplear solo trabajadores que cumplan con la edad mínima legal de empleo, tal y como se defina en las leyes nacionales, así como con las condiciones para el tipo de trabajo. Requerimos que nuestros proveedores tengan procesos apropiados para verificar la edad de los nuevos empleados con el fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos aplicables a las leyes sobre el trabajo infantil y el Convenio de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) sobre la edad mínima de a admisión al empleo.

Trabajo forzado
Todos los trabajadores de los proveedores deben ser empleados voluntariamente y no deben ser sometidos a cualquier tipo de trabajo forzado, involuntario o vinculado por deudas.

6. MEDIO AMBIENTE

ESBASA espera que sus Proveedores lleven a cabo negocios de forma que ayuden a preservar y proteger el medioambiente, y que demuestren responsabilidad y transparencia en su desempeño en materia de sostenibilidad.

Gestión de materiales peligrosos
Los proveedores deben implantar políticas relacionadas con la gestión segura de materiales peligrosos y la prohibición o restricción legal de sustancias específicas.

7. SALUD Y SEGURIDAD

Los Proveedores deben proporcionar un entorno saludable, sano y seguro para sus trabajadores, que esté libre de acoso físico, emocional y verbal, y de cualquier otro comportamiento amenazador. Deben contar con medidas que eviten la exposición de los trabajadores a riesgos de seguridad, que controlen lesiones y enfermedades en el lugar de trabajo y que garanticen la preparación para responder a emergencias. Se espera que los proveedores establezcan y mantengan un sistema o programa de gestión que fomente la mejora continua en el rendimiento de salud y seguridad e incluir los siguientes elementos:

Un proceso para identificar y controlar los peligros en el lugar de trabajo.

Un proceso para determinar la causa de los incidentes que resultan o podrían resultar en lesiones, enfermedades, propiedad o daño ambiental o interrupción del negocio.

Un proceso para alentar la participación de los empleados en programas de salud y seguridad y alentar a los empleados a reportar enfermedades y lesiones en el lugar de trabajo y un programa de capacitación en salud y seguridad para empleados nuevos y existentes.

Un proceso para garantizar una manipulación segura y una eliminación o reciclaje adecuado de los residuos.

Requerimientos del Sistema de Gestión en Salud y Seguridad Ocupacional Como parte del proceso de selección de los proveedores se deberá incluir y verificar que cumplan con los siguientes estándares:

Afiliación y pagos a Seguridad Social

Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional

Constancia de capacitación en prevención y atención de emergencias

Elementos de Equipos de Protección Personal

– Ropa de protección

– Botas industriales

– Casco

– Guantes

– Lentes

– Arnés

8. TRANSPORTE Y MANO DE OBRA

Se espera que los proveedores cumplan con todos los requisitos locales y nacionales, leyes y regulaciones internacionales que rigen el transporte de bienes y materiales.

Se espera que los proveedores adopten mano de obra sana y humana, así como prácticas de recursos y proporcionar el equipo adecuado a sus trabajadores para realizar los trabajos asignados.

 

Autorizada por: Gerencia General

Fecha: 21 mayo de 2018

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